La Justicia rechazó el intento del ex camarista de San Isidro Ernesto García Maañón de apartar al fiscal José Ignacio Amallo de la investigación penal en la que se encuentra involucrado por una denuncia de presunto acoso sexual y laboral presentada por una funcionaria judicial. La decisión fue adoptada el 9 de octubre por la jueza de Garantías Nº 3 de San Isidro, Andrea Rodríguez Mentasty, quien consideró que los argumentos de la defensa no alcanzaban para demostrar una pérdida de objetividad del representante del Ministerio Público Fiscal.

El pedido había sido presentado por García Maañón junto con sus abogados particulares, Nicolás Grimaldi y Tomás Briganti, quienes cuestionaron distintas decisiones adoptadas durante la investigación. Entre otros puntos, sostuvieron que Amallo había favorecido la producción de pruebas vinculadas con la denuncia y postergado medidas solicitadas por la defensa, además de objetar el tratamiento de determinados elementos incorporados al expediente y la convocatoria de una persona en calidad de imputada.

Los abogados también señalaron que otros dos fiscales que habían intervenido previamente en la causa, Facundo Osores Soler y Bibiana Santella, se habían apartado por razones vinculadas con sus relaciones personales y profesionales con el ex magistrado. Sin embargo, la jueza entendió que esas decisiones no podían trasladarse automáticamente a Amallo, ya que las causales de recusación debían estar vinculadas con circunstancias concretas atribuibles al funcionario cuyo apartamiento se solicitaba.

Uno de los aspectos planteados durante la audiencia fue la presunta filtración a medios de comunicación de la dirección exacta del allanamiento realizado en la vivienda de García Maañón y de imágenes de las armas secuestradas durante el procedimiento. La defensa también cuestionó la forma en que se había ejecutado el operativo policial y sostuvo que determinadas expresiones del fiscal evidenciaban una supuesta falta de objetividad.

Sobre esos puntos, Rodríguez Mentasty consideró que no se habían aportado elementos objetivos que permitieran vincular a Amallo con la difusión de información a la prensa. También señaló que el allanamiento había sido ejecutado por personal policial y que, ante eventuales excesos, correspondía efectuar las presentaciones pertinentes por las vías procesales correspondientes, sin que eso implicara necesariamente una responsabilidad del fiscal.

La resolución también abordó los cuestionamientos relacionados con las pruebas que la defensa considera pendientes o insuficientemente producidas. La magistrada sostuvo que las diferencias entre la estrategia de los abogados y el criterio del fiscal sobre la pertinencia o el momento de determinadas medidas no constituían, por sí solas, motivos suficientes para apartarlo. Además, remarcó que la investigación continuaba en trámite y que todavía podían producirse elementos probatorios.

En ese sentido, la jueza distinguió entre la imparcialidad que se exige a los jueces y el deber de objetividad que rige la actuación de los fiscales. Según explicó, el Ministerio Público puede desarrollar una hipótesis de investigación sin que eso implique necesariamente una actuación parcial, siempre que sus decisiones se ajusten a la ley y no se demuestre una conducta arbitraria o desleal. Con esos fundamentos, resolvió no hacer lugar a la recusación y mantener a Amallo al frente de la investigación.

Una causa que comenzó en 2025

La investigación se originó a partir de la denuncia presentada por una funcionaria judicial que trabajaba en la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro. La mujer denunció presuntas situaciones de acoso sexual y laboral atribuidas a García Maañón, quien durante años se desempeñó como integrante y presidente de ese tribunal.

La presentación inicial fue realizada ante la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia bonaerense en 2025 y luego dio lugar a una investigación penal preparatoria. En el expediente se incorporaron comunicaciones y audios aportados por la denunciante, quien también relató presuntos episodios ocurridos en el ámbito laboral.

La causa tuvo repercusiones institucionales: García Maañón presentó su renuncia en julio de 2025, en medio del escándalo, aunque su dimisión no fue aceptada por el gobernador bonaerense, Axel Kicillof. En agosto de 2026, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia dispuso su apartamiento preventivo en el marco del proceso disciplinario iniciado en su contra.

El rechazo de la recusación no implica una definición sobre la responsabilidad penal de García Maañón ni valida de manera definitiva cada una de las decisiones adoptadas durante la pesquisa. La resolución se limita a determinar que, con los argumentos y elementos presentados, no existen fundamentos suficientes para apartar al fiscal que lleva adelante la investigación.