El Ministerio Público Fiscal de Salta estableció un nuevo protocolo de actuación para los casos en los que adolescentes sean acusados de cometer delitos, a partir de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801.
La Procuración General aprobó mediante la Resolución 1767 un conjunto de criterios comunes para fiscales y funcionarios de toda la provincia. El protocolo alcanza a adolescentes de entre 14 y 18 años y establece que la respuesta penal deberá considerar la edad, el grado de desarrollo, la gravedad concreta del hecho, la modalidad de participación, la violencia utilizada y el daño provocado.
La normativa también establece una diferencia según la edad. Los menores de 14 años quedan fuera del régimen de responsabilidad penal juvenil, aunque la investigación de un hecho puede continuar para determinar qué ocurrió y establecer la eventual responsabilidad de otras personas.
Para quienes tienen entre 14 y 16 años se establece un criterio especialmente restrictivo de intervención penal, con prioridad para mecanismos de desjudicialización y soluciones alternativas cuando correspondan.
En el caso de adolescentes de 16 a 18 años, se mantienen los principios de especialidad y proporcionalidad, sin que la edad permita equiparar automáticamente su responsabilidad con la de una persona adulta.
El foco sobre las organizaciones criminales
Uno de los puntos centrales del protocolo está relacionado con la participación de adolescentes en estructuras delictivas. Cuando existan indicios de que un menor pudo haber sido captado, influenciado, instigado, utilizado o dirigido por adultos, los fiscales deberán profundizar esa línea de investigación.
La intención es que la investigación no quede limitada al adolescente que aparece involucrado directamente en un delito, sino que avance también sobre quienes puedan estar detrás de su incorporación o utilización para actividades criminales.
A la vez, si se determina que el adolescente tuvo una participación relevante dentro de una organización, el caso podrá ser considerado de intervención prioritaria, siempre teniendo en cuenta su participación concreta.
Tres niveles de intervención
El protocolo establece tres niveles de actuación fiscal: casos de baja intensidad, intensidad intermedia e intervención prioritaria.
En los hechos de menor gravedad, los fiscales deberán evaluar desde el comienzo la posibilidad de aplicar criterios de oportunidad, soluciones alternativas o mecanismos restaurativos cuando la legislación lo permita.
En los casos considerados de especial gravedad, en cambio, se establece una intervención prioritaria y una actuación fiscal especialmente diligente para investigar y esclarecer el hecho.
La clasificación no dependerá únicamente del delito imputado. También deberán analizarse las circunstancias particulares del caso, la participación concreta del adolescente y la situación de la víctima.
La prisión, como medida excepcional
El protocolo también establece que la privación de libertad durante el proceso debe ser excepcional. Para solicitarla, el fiscal deberá justificar la existencia de riesgos procesales concretos y explicar por qué no resultan suficientes otras medidas menos restrictivas.
La gravedad del delito o la pena prevista no serán, por sí solas, argumentos suficientes para disponer el encierro.
El nuevo esquema busca así establecer criterios comunes para toda la provincia de Salta frente al Régimen Penal Juvenil, diferenciando las respuestas según la edad y las características de cada caso, pero reforzando al mismo tiempo la investigación sobre los adultos que puedan utilizar adolescentes dentro de estructuras criminales.
